REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, 01 de Septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-Z-2002-000761

Por cuanto la Juez Provisoria de este Tribunal Dra. Ana Jacinta Durán se encuentra de vacaciones se avoca a la presente causa la Dra. Freya Elisa Pereira, en su carácter de Juez Temporal del mismo y por recibido la anterior recaudo emanado de la Alcaldía del Municipio Juan Manuel Cajigal, el cual guarda relación con la presente causa. En consecuencia esta Sala de Juicio N° 02, acuerda agregarla a sus autos respectivos por cuanto guarda relación con el presente expediente, y de la revisión realizada a los mismos se evidencia que fué creado el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Cagigal de este Estado, según gaceta oficial N° 93.0016, la cual fué públicada en fecha 30 de Mayo del año 2001, y vista el acta de juramentación de los miembros del referido consejo en fecha 13 de Julio 2004, la cual reposa al folio sesenta y seis (66) del presente expediente, igualmente siendo cumplida la prestención de la Ciudadana Fiscal Decimoquinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial de este Estado, y siendo el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Cagigal de este Estado, organo jurisdiccional competente para conocer de las solicitudes Medidas de Protección contenidas en artículo 160 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, esta Sala de Juicio N° 2 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Uso de sus Atribuciones legales conferida en la Ley, y por cuanto este Tribunal no tiene materia sobre la cual decidir ordena el cierre y archivo definitivo del presente expediente, así como su remisión al archivo judicial.
LA JUEZ TEMPORAL PROVISIONAL


DRA. FREYA ELISA RON PEREIRA.


LA SECRETARIA

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR
En la misma fecha del auto anterior se dio estricto cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA.

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.






FERP/Mary Carmen