REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, Diez de Septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-Z-2004-001193.
Vistas las pruebas presentadas por la ciudadana Fiscal Decimquitno del Ministerio Público en representación del niño, plenamente identificados en autos, en consecuencia éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N°02, las admite a sustanciación salvo su apreciación en la definitiva. Asimismo se ordena oficiar a la Línea de Transporte Cooperativa Casa Fuerte, Estado Anzoátegui, a los fines de que se sirva informar a este Tribunal si el ciudadano KENNETH CAGUANA, labora en dicha cooperativa y de ser afirmativo indique el sueldo que devenag el mismo con indicacion de sus beneficios contractuales y deducciones respectivas. Cúmplase.
El JUEZ TEMPORAL N°02.

Abog. FREYA ELISA RON PEREIRA.
LA SECRETARIA.

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.


FERP/ZG.