REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-Z-2004-002041
Por recibida la anterior solicitud de REGIMEN DE VISITAS, propuesta por el ciudadano HECTOR CELESTINO FAJARDO, Venezolano , mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° 3.172.200, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio ARNALDO JOSE ROJAS ROJJAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 57.804, en contra de la ciudadana TRINA OMAIRA FONSECA, donde se encuenta involucrada la niña, junto con los recaudos que en ella se mencionan, todos constante de un (01) folio útil y veintinueve (29) anexos. Désele entrada. Admítase. Fórmese expediente. En consecuencia, cítese a la ciudadana TRINA OMAIRA FONSECA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.719.858, domiciliada en: La calle El Silencio, N° 22, Barrio La Aduana, Sector El Bombillo, Barcelona, Municpio Simón Bolívar, Estado Anzoátegui, para que comparezca por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, en horas comprendidas de ocho y treinta (8:30.am) de la mañana y dos y treinta (2:30. pm) de la tarde, a los fines de exponer sus alegatos con relación a la presente demanda. Notifiquese del Inicio de la presente demanda a la Fiscal Decimotercera del Ministerio Público. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 516 ejusdem, se indica que la Juez intentará la conciliación entre las partes, la cual tendrá lugar a las once de la mañana, del mismo día de la contestación. Líbrese boletas. Se insta a la parte interesada a consignar la original de la partida de nacimiento de la niña de autos.
LA JUEZ TEMPORAL UNIPERSONAL N° 02.-
DRA. FREYA ELISA RON PEREIRA.
LA SECRETARIA.
ABOG. MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.
LA SECRETARIA.
ABOG. MELISSA AZOCAR.
FERP/Mary Carmen