REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiuno de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-S-2004-001751
Vista la anterior solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana MARIA MILAGROS FRONTADO DOMERO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.855.525, quien actúan en nombre propio y en representación de su hija la adolescente ENDRINA CAROLINA MADRIZ FRONTADO y de los ciudadanos CARLOS JULIO Y MIGUEL ANGEL MADRIZ AGREDA, todos venezolanos, de trece (13), dieciocho (18) y veintiun (21) años de edad, respectivamente, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio ROSELIS MARIA MENDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 47.302, en la cual solicitan de esta Sala de Juicio Nº 01, se les declare como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del difunto ciudadano OSCAR FEDERICO MADRIZ AGREDA, fallecido Ab-intestato en el Centro Clìnico Margarita., de la ciudad de Porlamar, Estado Nueva Esparta, en fecha 04 de abril de 1996.- Esta SALA DE JUICIO Nº 01, DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, luego de haber examinado y estudiado detenidamente todos y cada uno de los recaudos acompañados a la presente solicitud, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos ALIRIO RAMON VERA PEREZ y ANDREINA DE LOS ANGELES YANEZ RODRIGUEZ, quienes debidamente juramentados declararon por ante ésta Sala de Juicio Nº 01, y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 177, Parágrafo Cuarto de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal de Protecciòn del Niño y del Adolescente, en nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA, las anteriores actuaciones suficientes para asegurarle, su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del difunto, ciudadano OSCAR FEDERICO MADRIZ AGREDA a su esposa MARIA MILAGROS FRONTADO DOMERO y a sus hijos la adolescente y los ciudadanos ENDRINA CAROLINA MADRIZ FRONTADO, CARLOS JULIO Y MIGUEL ANGEL MADRIZ AGREDA, quedando a salvo los derechos de terceros. Entréguesele las actuaciones originales a la parte interesada, déjese constancia en el Libro Diario que lleva éste Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZ UNIPERSONAL. SALA Nº 01.

DRA. GLADYS SANCHEZ DE GUZMAN
LA SECRETARIA

Abog. SANTA SUSANA FIGUERA