REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiuno de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : BP02-Z-2004-002075
Por recibida la anterior solicitud de Privación de Guarda y Custodia, propuesta por el ciduadano SERGIO JOSE CAMPOS COVA, actuando en representación de sus hijos los niños SERGIO JESHUA, AARONJOSUE y PIERINA ANDREA CAMPOS ALMERIDA, de once (11), ocho (08) y siete (07) años de edad, respectivamente. Désele entrada. Fórmese expediente. Cítese por medio de boleta a la ciudadana PIERINA DEL VALLE ALMERIDA, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros. V-8.287.166, domiciliada en esta ciudad de Barcelona,Estado Anzoátegui y quien presta sus servicios en el Centro Médico Camino Nuevo al lado de la Clinica San Mateo, Edificio Dorila, PB, Avenida Pedro Maria Freites, Barcelona, Estado Anzoátegui a los fines de que comparezca por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 01, al tercer (3er) de Despacho siguiente a sus citacion, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), a exponer todo lo que considere conveneiente a la referida solicitud. Se le advierte a las partes que en la misma oportunidad a las nueve de la mañana (9:00 a.m.), será el Acto Conciliatorio. Líbrese la correspondiente boleta de citacion y entreguésele al Alguacil de este Tribunal a los fines de que practique la citacion de la demandada ciudadana PIERINA DEL VALLE ALMERIDA, quien se encuentra domiciliada en esta jurisdicción.- Asimismo se acuerda practicar sendos Informes Sociales en los hogares de los ciudadanos SERGIO JOSE CAMPOS COVA y PIERINA DEL VALLE ALMERIDA, una vez sea consignados en autos sus direcciones exactas. Asimismo practicar Evaluaciones Psicologicas a los referidos ciudadanos y a los niños SERGIO JESHUA, AARON JOSUE y PIERINA ANDREA CAMPOS ALMERIDA, a través de la Trabajadora Social y psicologos adscrito al Equipo Multidisciplinario de este Tribunal. Notifiquese por medio de boleta del inicio del presente procedimiento a la Fiscal Decimo Tercero del Ministerio Publico del Estado Anzoátegui.- Librenses boletas. Igualmente se acuerda oir la opinión a los niños CAMPOS ALMERIDA por ante este Tribunal.
LA JUEZ UNIPERSONAL SALA N° 01.

DRA. GLADYS SANCHEZ DE GUZMAN,


LA SECRETARIA,


Abg. SANTA SUSANA FIGUERA.