REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, Veintidós de Septiembre de Dos Mil Cuatro.
194º y 145º
ASUNTO : BP02-Z-2004-002113.
Por recibida la anterior solicitud de GUARDA Y CUSTODIA, propuesta por la Ciudadana Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público (e), Dra. Ketty Zabala, actuando en representación de la niña, junto con los recaudos que en ella se mencionan, todo constante de un (01) folio útil y tres (03) anexos. Désele entrada. Admítase. De conformidad con el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Paragrafo Primero literal “C”, en consecuencia, cítese a los Ciudadanos AURIBEL JOSEFINA CASTILLO BEROES y CARLOS GUILLERMO OCHOA, Venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad la primera de las nombradas V-14.827.344, domiciliados en: Vereda 1, Sector 2, Boyacá 2, N°02, Barcelona, Estado Anzoátegui, para que comparezcan por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, al Tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, a objeto de dar contestación a la presente solicitud la primera de los nombrados y el segundo a exponer lo que creyere conveniente respecto a la misma. Notifíquese al Ciudadano HECTOR MOISES PARRA MAITA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-8.277.204, domiciliado en: Boyacá 2, Sector 2, Urbanización Los Vidriales, 5ta etapa, N°122, Barcelona, Estado Anzoátegui, a los fines de que este presente en el acto conciliatorio que intentara la Ciudadana Juez entre las partes. Se le advierte a ambas partes que en la misma oportunidad, se verificara el Acto Conciliatorio a las Diez de la mañana (10:30 A.M), y el Acto de Contestación será entre las Ocho y Treinta minutos de la mañana y las Dos y treinta de la Tarde (8:30 a.m. y 2:30 p.m.). Igualmente se ordena la práctica de un Informe Social y Evaluaciones Psicológicas y Psiquiátricas a los ciudadanos HECTOR MOISES PARRA MAITA, AURIBEL JOSEFINA CASTILLO BEROES y CARLOS GUILLERMO OCHOA y a la niña (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), comisionándose para tal fin al Equipo Técnico adscrito a éste Tribunal.
JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL N° 02

DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
AJD/ ZG.