REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintidós de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-Z-2004-002118
Por recibida la anterior Solicitud de RÉGIMEN DE VISITAS, propuesta por la Fiscal Undécima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, Abg. CARMEN ALVIAREZ RODRIGUEZ, en representación del niño CESAR EDUARDO BRITO RAMIREZ, de seis (06) años de edad, junto con los recaudos que la acompañan, todo constante de tres (03) folios útiles. Désele entrada. Admítase. Fórmese expediente. De conformidad con el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, cítese por medio de boleta a los ciudadano ORLANDO RAFAEL BRITO GOMEZ y YURAIMA RAMIREZ, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.168.708 y V-11.904.982, domiciliados en Barcelona, Estado Anzoátegui, Estado Anzoátegui para que comparezcan por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº 01 del Estado Anzoátegui, a las diez de la mañana (l0:00 a.m.), del tercer (3er) día de Despacho siguientes a la ultima citación de las partes, a los fines de que expongan lo que creyere conveniente con relación a la solicitud de Régimen de visitas, a favor del niño CESAR EDUARDO BRITO RAMIREZ, de seis (06) años de edad. Con la advertencia que el día de la comparecencia la juez intentará una conciliación entre las partes y, de no lograrse la misma, procederá a oír todas las excepciones y defensas cualquiera que sea un naturaleza, las cuales resolverá en sentencia definitiva a las nueve de la mañana (9:00.a.m.). Asimismo se acuerda practicar sendo informe social a través del Equipo Multidisciplinario de éste Tribunal en los hogares de los ciudadanos ORLANDO RAFAEL BRITO GOMEZ y YURAIMA MARTINEZ. Igualmente se acuerda practicar Evaluaciones Siquiátricas y Psicológicas a todo el grupo familiar. Así mismo se acuerda oír al niño. Cúmplase.
LA JUEZ UNIPERSONAL Nº 01.
Dra. GLADYS SANCHEZ DE GUZMAN.
LA SECRETARIA .
Abg. SANTA SUSANA FIGUERA.