REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, nueve de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BP02-Z-2004-002002

Por recibida la anterior Solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, interpuesta por los ciudadanos MARIA FRANCIA ORTIZ NIETO y FELIDAM JOSE GOMEZ MARTINEZ, mayores de edad, cónyuges, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-11.228.418 y V-8.269.699 respectivamente, de este domicilio, asistidos por las abogadas en ejercicio NORMA MORAN ORTIZ y ANA ISABEL GOMEZ, e inscritas en el Inpreabogado bajo los N° 14.380 y 80.970 de este mismo domicilio. Désele entrada. Admítase. Anótese en el libro respectivo. Fórmese expediente. Notifíquese del presente procedimiento a la Fiscal Décima Tercera del Ministerio Público de éste Estado. Librese boleta. Cúmplase.
El Juez Nº 01.


Abg. Gladys Sánchez de Guzmán.
La Secretaria
Abg. Santa Susana Figuera.