ASUNTO : BP02-R-2003-000658
Vista la diligencia interpuesta por la Abogada Ana Maza Fariñas, co-apoderada judicial de la empresa Constructora GONMARCA, C.A. (parte apelante) en el juicio por Enriquecimiento sin Causa incoado contra el Instituto Municipal de la Vivienda del Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui (I.M.V.I.S.), mediante la cual RENUNCIA a la apelación interpuesta; en consecuencia, este Tribunal, visto el anterior planteamiento, HOMOLOGA la renuncia o desistimiento del recurso, por no ser contrario a derecho. Se ordena remitir el presente expediente al Tribunal de origen, Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Pronunciamiento que formula este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley. Déjese copia certificada. Líbrese oficio de remisión.
El Juez Provisorio,
Abog. Antonio Marcano Campos.
La Secretaria Accidental,
Yrama Souquett.
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