REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, seis de abril de dos mil cinco
194º y 146º
ASUNTO : BP02-R-2005-000303

Por auto de fecha 16 de marzo de 2005, este Tribunal dio entrada y admitió, conforme a lo establecido en el artículo 306 del Código de Procedimiento Civil, Recurso de Hecho, propuesto por el abogado en ejercicio ISMAEL BARRERA GUERRERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 15. 374, actuando con el carácter de apoderado judicial de la firma mercantil CENTRO INDUSTRIAL AERONAUTICO ,C.A. ( CIACA ) y del ciudadano MANUEL ANTONIO SILVA JARAMILLO, parte demandada en el proceso que cursa en el Asunto Principal BP02-M-2004-000384, ( nomenclatura del Juzgado A-Quo) contra auto de fecha 10 de marzo de 2005, mediante el cual el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, oyó en un solo efecto una apelación ejercida por el recurrente contra auto de fecha 28 de febrero de 2005, “que declaró improcedente la solicitud de nulidad del auto de admisión de la demanda por el procedimiento de intimación previsto en el artículo 640 eiusdem”:
En el auto de admisión este Tribunal concedió a la parte recurrente un lapso de cinco días de Despacho , siguientes al 16 de marzo de 2005, para la consignación de las copias certificadas, a los fines de emitir pronunciamiento sobre el recurso en referencia.
Ahora bien, por cuanto hasta la presente fecha, excluyendo el día de hoy, han transcurrido en este Juzgado (09) días de Despacho, especificados así: diecisiete ( 17), veintiuno ( 21), veintidós (22), veintiocho(28), veintinueve ( 29) , treinta (30) , treinta y uno (31) de marzo de 2005, cuatro ( 04) , y cinco ( 05) de abril de 2005, sin que la parte Recurrente haya consignado las copias requeridas, este Tribunal Superior declara desistido el Recurso de Hecho, propuesto por el abogado en ejercicio ISMAEL BARRERA GUERRERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 15. 374, actuando con el carácter de apoderado judicial de la firma mercantil CENTRO INDUSTRIAL AERONAUTICO ,C.A. (CIACA ) y del ciudadano MANUEL ANTONIO SILVA JARAMILLO, parte demandada en el proceso que cursa en el Asunto Principal BP02-M-2004-000384, ( nomenclatura del Juzgado A-Quo) contra auto de fecha 10 de marzo de 2005, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial. Así lo decide este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
El Juez Superior Temp.,


Abg. Rafael Simón Rincón Apalmo.

La Secretaria,

Abg.María Eugenia Pérez

ASUNTO : BP02-R-2005-000303
CASO RECURSO DE HECHO, PROPUESTO POR DR. ISMAEL BARRERA GUERRERO CONTRA AUTO JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO ESTA MISMA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA