REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 1 de Abril de 2005
194º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2005-001044
ASUNTO : BP01-P-2005-001044
Vista la solicitud presentada por la Dra. NANCY MONSALVE, en su carácter de Fiscal Décimo Noveno del Ministerio Público de éste Estado, mediante la cual pide a éste Despacho se decrete el Sobreseimiento de la Causa, de conformidad con lo pautado en el numeral 1 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, ya que del resultado de la investigación se determinó que el hecho denunciado y objeto del proceso no se realizó; éste Tribunal de Control Nro. 02 para decidir observa:
Se desprende de la denuncia interpuesta ante el Ministerio Público por el ciudadano GERARDO MIICTIL, que funcionarios adscritos a la Policía del Municipio Urbaneja; así como al Cuerpo de Bomberos, le aplicaron una inyección en los glúteos, asumiendo una conducta irracional; asimismo, se evidencia del acta de entrevista tomada a su esposa, ciudadana LILIA JOSEFINA DE MICTIL, se observa que solicitó ayuda a la Policía de Urbaneja y a los Bomberos ya que Gerardo Mictil estaba agresivo y se negaba a tomarse el tratamiento psiquiátrico, ya que padece de una esquizofrenia paranoide; por lo que a criterio de ésta Instancia Penal, el hecho objeto del proceso no es típico; es decir, no reviste carácter penal o por lo que es lo mismo no está tipificado en la Ley como delito; en consecuencia, lo ajustado a derecho es decretar el Sobreseimiento de la causa conforme al artículo 318, numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal; declarándose parcialmente con lugar la solicitud Fiscal, en razón a la modificación del ordinal 1 por el 2 de la citada disposición legal y así se decide.
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con funciones de Control Nro. 02, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Parcialmente Con Lugar la solicitud presentada por la Dra. NANCY MONSALVE, en su carácter de Fiscal Décimo Noveno del Ministerio Público de éste Estado; en consecuencia, conforme al artículo 318, ordinal 2 del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta el Sobreseimiento de la causa, al considerar que el hecho denunciado, por el ciudadano GERARDO RAFAEL MICTIL SEGOVIA, titular de la cédula de identidad número 6.094.777, no es típico; decisión ésta que una vez definitivamente firme, pondrá término al procedimiento, con el carácter de Cosa Juzgada, haciendo cesar las Medidas de Coerción Personal que hubiesen sido dictadas. Regístrese. Notifíquese a las partes.
EL JUEZ DE CONTROL Nro: 02.
Dr. JOSE FRANCISCO MOLINA.
LA SECRETARIA
Abg. NEREIDA REYES