REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 6 de Abril de 2005
194º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2003-006879
Vista la solicitud presentada por el Dr. RAMON HERNANDEZ, en su carácter de Fiscal Noveno Auxiliar del Ministerio Público de éste Estado, mediante la cual pide a éste Despacho se decrete el Sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano JOSE ALEXANDER LEZAMA, titular de la cédula de identidad números 8.234.608, por el delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes, cometido en perjuicio de La Colectividad; todo de conformidad con lo pautado en el numeral 4 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal; éste Tribunal de Control Nro. 02 para decidir observa:
Se desprende del Acta Policial suscrita por el Funcionario VILLAMIZAR RINCON, se evidencia que al momento de realizar el registro corporal al Imputado JOSE ALEXANDER LEZAMA SILVEIRA, éste lanzó al suelo un envoltorio tamaño regular, contentivo de residuos vegetales, presuntamente droga, tipo Marihuana; sin embargo, al momento del Registro Corporal efectuado por los funcionarios actuantes en el procedimiento, no se encontraban presentes testigos instrumentales que pudieran dar fe de tal decomiso y corroborar el contenido del Acta Policial en referencia; por lo que a criterio de ésta Instancia Penal, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación; no habiendo bases para que el Ministerio Público solicite el enjuiciamiento del imputado de autos, lo ajustado a derecho es decretar el Sobreseimiento de la causa conforme al artículo 318, numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal; declarándose así con lugar la solicitud Fiscal y así se decide.
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con funciones de Control Nro. 02, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Con Lugar la solicitud presentada por el Dr. RAMON HERNANDEZ, en su carácter de Fiscal Noveno Auxiliar del Ministerio Público de éste Estado; en consecuencia, se decreta el Sobreseimiento de la causa conforme al artículo 318, numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano JOSE ALEXANDER LEZAMA, titular de la cédula de identidad números 8.234.608, por el delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes, cometido en perjuicio de La Colectividad; decisión ésta que una vez definitivamente firme, pondrá término al procedimiento, con el carácter de Cosa Juzgada, haciendo cesar todas las Medidas de Coerción que hubieren sido dictadas. Regístrese. Notifíquese a las partes.
EL JUEZ DE CONTROL Nro: 02.
Dr. JOSE FRANCISCO MOLINA.
LA SECRETARIA.
Abg. NEREIDA REYES.