ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2005-001423
Visto el escrito presentado por la Dra. LILIANA AUMAITRE, en su carácter de Fiscal Segunda Auxiliar del Ministerio Público de este Estado, mediante el cual coloca a disposición de este Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial del Estado Anzoátegui, en calidad de detenido al imputado JOEL ALEXANDER ROMERO PEREZ, y solicita a este Juzgado la Libertad Plena del mismo, y oído como fue el imputado debidamente asistido por su Defensora Pública Penal, Dra. JESUS OLIVIA AVILA, previamente designada, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial del Estado Anzoátegui, con Funciones de Control N° 06, para decidir observa: PRIMERO: Se evidencia de las actuaciones policiales que el ciudadano JOEL ALEXANDER ROMERO PEREZ, quien fue aprehendido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que se describe en el acta policial de fecha 30-03-2005, y la fiscaliza del ministerio Público solicito para el mismo libertad sin restricciones, en virtud de que de las actuaciones practicadas por funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Anzoátegui, Zona Policial N° 2, no se desprenden suficientes elementos de convicción que puedan ser razonablemente satisfechos para que se solicite la aplicación de Medidas Cautelares Sustitutivas en contra de JOEL ALEXANDER ROMERO PEREZ. SEGUNDO: El procedimiento a seguirse es el ordinario. Se ordena el cese inmediato de la detención del ciudadano JOEL ALEXANDER ROMERO PEREZ.
DISPOSITIVA.-
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICIIÓN del ciudadano JOEL ALEXANDER ROMERO PEREZ; portador de la cédula de identidad N° 15.879.860, venezolano, natural de San Diego, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 03 de Enero de 1982, de 23 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión, Vendedor de Frutas hijo de los ciudadanos Eudis del Carmen Pérez residenciado en Vía San Diego el Rincón, Municipio Sotillo, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui. Se deja constancia que el imputado tiene tatuaje tipo insignia con las letras “J y Y”. En el brazo izquierdo. Líbrese el oficio respectivo a la este Estado, participando la libertad del ciudadano antes referido. Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL N° 06 (GUARDIA),
DR. ANWAR ROMHAIN MARIN
LA SECRETARIA
ABG. AHIDE PADRINO
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