Mercantil
Interlocutoria.-
Transacción.-
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, once de abril de dos mil cinco
194º y 146º
ASUNTO : BP02-M-2005-000052
Vista la Transacción suscrita en fecha 05 de Abril de 2.005, entre el Abogado REINALDO RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 25.061, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la empresa SERMATRACTOR ORIENTE, C.A., parte demandante, por una parte y por la otra, la Abogada ZAIRA FANEITE, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 80.820, Apoderada Judicial de la empresa DISTRIBECA, C.A., parte demandada en el presente juicio por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN), la cual corre inserto en los folios No. 71 y 72 del Cuaderno Principal, el Tribunal, por cuanto dicha transacción no es contraria a derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, la HOMOLOGA en los mismos términos y condiciones en que fue suscrita.- Se ordena suspender la Medida de Embargo decretada por este Juzgado, en fecha 04 de marzo de 2.005, asimismo se ordena oficiar al Juzgado (Distribuidor) Ejecutor de Medidas del Municipio Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.-Se da por terminado el presente juicio y se ordena su remisión al Archivo Judicial del Estado Anzoátegui, a los fines de su archivo.- Así se decide.- Librese Oficio.-
La Juez Provisorio,
Dra. Ida Tineo de Mata.-
La Secretaria,
Abg. Mirla Mata Rojas.-
Mercantil
Interlocutoria.-
Transacción.-
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, once de abril de dos mil cinco
194º y 146º
ASUNTO : BP02-M-2005-000052
Vista la Transacción suscrita en fecha 05 de Abril de 2.005, entre el Abogado REINALDO RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 25.061, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la empresa SERMATRACTOR ORIENTE, C.A., parte demandante, por una parte y por la otra, la Abogada ZAIRA FANEITE, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 80.820, Apoderada Judicial de la empresa DISTRIBECA, C.A., parte demandada en el presente juicio por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN), la cual corre inserto en los folios No. 71 y 72 del Cuaderno Principal, el Tribunal, por cuanto dicha transacción no es contraria a derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, la HOMOLOGA en los mismos términos y condiciones en que fue suscrita.- Se ordena suspender la Medida de Embargo decretada por este Juzgado, en fecha 04 de marzo de 2.005, asimismo se ordena oficiar al Juzgado (Distribuidor) Ejecutor de Medidas del Municipio Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.-Se da por terminado el presente juicio y se ordena su remisión al Archivo Judicial del Estado Anzoátegui, a los fines de su archivo.- Así se decide.- Librese Oficio.-
La Juez Provisorio,
Dra. Ida Tineo de Mata.-
La Secretaria,
Abg. Mirla Mata Rojas.-
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