REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintidós de abril de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : BP02-S-2005-001189

Vista la anterior solicitud de Título de Únicos y Universales Herederos, presentada por la ciudadana ELENA DEL VALLE HERNANDEZ DE HENRIQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.023.371, debidamente asistida por la abogada CARMEN ALICIA HERNANDEZ CARIAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 24.008, mediante la cual solicita sea declarada Única y Universal Heredera, de su esposo, ciudadano GUSTAVO BAUTISTA HENRIQUEZ, fallecido Ab-intestato en la población de San Tomé vía La Leona, en fecha 30 de octubre de 2.004, así como a sus hijas: CRISTINA ELENA y ADRIANA CAROLINA HENRIQUEZ HERNANDEZ.-.
Este Tribunal vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de las testigos, ciudadanas BRIGIDA EVANGELISTA DE CABRERA y DIANORA YSABEL ROJAS DE ROA, plenamente identificadas en las declaraciones, quienes declararon por ante este Tribunal el veinte (20) de abril de 2.005, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones bastantes para asegurarles sus condiciones de ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del “de cujus” GUSTAVO BAUTISTA HENRIQUEZ, a las ciudadanas ELENA DEL VALLE HERNANDEZ DE HENRIQUEZ, CRISTINA ELENA y ADRIANA CAROLINA HENRIQUEZ HERNANDEZ; por ser esposa la primera e hijas respectivamente del occiso antes mencionado, quedando en todo caso a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.- Devuélvanse estas actuaciones originales a la interesada y déjese nota en el Libro Diario que lleva este Tribunal.- Así se decide.-
El Juez Temporal,

Abg. Luis Alberto Rivas Silva.- La Secretaria acc,

Abg. Berley Rondon Villa.-

LARS/cz.-