Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, seis de abril de dos mil cinco
194º y 146º

ASUNTO: BP02-M-2005-000025
Vista la diligencia que antecede, suscrita en fecha 04 de Abril de 2.005, suscrita por el Abogado HUMBERTO OMAÑA, en su carácter de autos , en donde desiste del presente procedimiento por COBRO DE BOLIVARES por INTIMACION, incoada en contra de la Sociedad Mercantil GALERY MUEBLES C.A en la persona de su presidente, ciudadano JOSE ABIAD KHAMISSO, plenamente identificado en autos, el Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO.- Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.- Asimismo se acuerda la devolución de las letras de cambio que cursan en los folios 09 al 12, previa su certificación en auto y así se decide.-
El Juez Temporal.,

Dr. Luis Alberto Rivas Silva.-
La Secretaria acc.,

Berley Rondón Villa.-


LARS/kgs