REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintidós de abril de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP12-S-2005-000949
Vista la solicitud presentado por la ciudadana SIBIL WALTERS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2745.934, y de este domicilio asistido por la abogada MARIA ISOLINA MENDOZA GARCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 50660 donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicada en la Avenida 6 con calle 4 N° 104, sector Los Chaguaramos de esta Ciudad de El Tigre Estado Anzoátegui, que mide aproximadamente Cincuenta por Diez Metros Cuadrados (50x10mts2).-Alinderada de la siguiente manera NORTE: Con construcción de Alfredo González .-SUR: Con avenida 6, con construcción de Marisol Manzol, ESTE: Calle 4 con construcción de Damaris Rivas y OESTE: Con construcción de José Gregorio Machado.- Dichas bienhechurías consisten en tres habitaciones, un baño, una cocina con techo de lamina de zinc, paredes de bloque y piso de cemento.- El valor invertido es la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS DE BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ciudadanos REINA DEL CARMEN RUISZ DE WALTER y REINA YAKIRY DE MENDOZA, titulares de la Cédula de Identidad nros. 8.464.544 y 8.421.507 respectivamente, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre las propiedades que ejerce el ciudadano SIBIL WALTERS ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA

LA SECRETARIA

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA
Se devuelven constante de siete (07) folios útiles originales con sus resultas a la interesada.-
LA SECRETARIA