REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, once de abril de dos mil cinco
194º y 146º
ASUNTO : BP02-M-2004-000367
Vista la TRANSACCION, suscrita entre los abogados en ejercicio Marina Castillo Abad y Fernando Valero Borras, inscritos en el Inpreabogado bajo los N°s 46.093 y 82.287; el Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha transacción en los mismos términos en que fue suscrita, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, ordenándose expedir la copia certificada solicitada en dicha transacción.- Cúmplase.-
El Juez Temporal
Abg. Jesús Salvador Gutiérrez
La Secretaria
Abg. Carmen Calma
JSG/csh.