Siendo las 10:00 a.m., se trasladó el tribunal a la siguiente dirección: Un inmueble, constituido por un local comercial distinguido con la letra y número C2-6, del Módulo C de la Segunda Etapa del Centro Comercial El Peñón del Faro, ubicado en el sector conocido como El Crucero de Lechería o El Peñonal, entre la Avenida Principal y la llamada carretera de El Desvío, hoy denominada Calle Arismendi, Municipio Licenciado Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui, con la finalidad de practicar MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO, decretada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.