REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control Sección Adolescentes de los Municipios Simón Rodríguez y San José de Guanipa
El Tigre, 12 de Abril de 2005
194º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : BV11-S-2002-000017
ASUNTO : BV11-S-2002-000017
JUEZ: JOHN JOSE PEREZ
FISCAL: DECIMO OCTAVO DEL MINISTERIO PUBLICO
SECRETARIO. JESUS FIGUEROA SALAZAR
SENTENCIA INTERLOCUTORIA: SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL
DELITO. PREVISTO EN LA LEY ORGANICA SOBRE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS
IMPUTADO. (OMITIDO)
VICTIMA. LA COLECTIVIDAD
La presente causa penal se inició en fecha: 18- 10-2002 por ante la Fiscalía Décima Octava del Ministerio Público, en virtud de las actuaciones emanadas del Comando de la Guardia Nacional de San Tomé, de las cuales se evidencia la presunta comisión de uno de los delitos Previsto en la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, perseguible de oficio, motivo por el cual la citada Fiscalía acordó abrir la averiguación. Dichas actuaciones fueron recibidas en este Tribunal, el día 19-10-2002.-
Al folio 1 y 2, cursa Escrito de Presentación del adolescente Martín Daniel Hernández.-
Al folio 4 y vto., cursa Acta Policial.-
Al folio 5 Y VTO., cursa Declaración del ciudadano PEDRO JOSE MORALES LA CRUZ.-
Al folio 6, cursa Declaración del ciudadano DIEGO JOSE CHALLA CARABALLO.-
En los folios del 18 al 21, en fecha 21-10-02, cursa Audiencia de Presentación del adolescente: (OMITIDO), donde se le decretó Libertad Plena.-
En los folios del 27 al 29, cursa Escrito de Sobreseimiento Provisional, presentado por la Fiscal Décimo Octavo del Ministerio Público, a favor del adolescente: (OMITIDO), de conformidad con el artículo 561 letra “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.-
PARTE MOTIVA
En virtud de las actas procésales y vista la solicitud interpuesta por la Representante del Ministerio Público, mediante la cual solicita el Sobreseimiento Provisional de la presente causa, este Tribunal, a los fines de decidir Observa:
El Artículo 561 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, establece: “Solicitar el sobreseimiento provisional cuando resulte insuficiente lo actuado y no exista posibilidad inmediata de incorporar nuevos elementos que permitan el ejercicio de la acción”. Ahora bien por cuanto no cursa a los autos la respectiva experticia química o botánica que determine que tipo de sustancia fue la decomisada en el presente procedimiento, así como también de las declaraciones de los testigos, quienes son hábiles y contestes en sus dichos al manifestar que no vieron cuando los funcionarios policiales decomisaron el envoltorio, sino que estos les enseñaron un paquete ; Por tal motivo este Juzgado acoge el criterio Fiscal y Declara el Sobreseimiento Provisional de la presente causa. Y ASI SE DECLARA.-
PARTE DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto este Juzgado del Municipio Simón Rodríguez y de Control Penal Sección Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL de la causa seguida al Adolescente: (OMITIDO), de conformidad con los artículos 324 ambos Del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 561 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.-
Publíquese, Regístrese, Notifíquese a las partes y Déjese copia de la presente decisión.
DADA, FIRMADA Y SELLADA en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Simón Rodríguez y de Control Penal Sección Adolescentes, en la ciudad de El Tigre, a los Doce (12) días del mes de Abril del año Dos Mil Cinco. Años: 194º de la Independencia y 146º de la Federación.-
EL JUEZ,
Abg. JOHN JOSE PEREZ
EL SECRETARIO,
ABG. JESUS FIGUEROA
En esta misma fecha, siendo las Nueve (10:00) de la tarde se dictó y publicó la anterior sentencia. CONSTE.-
EL SECRETARIO
ABG. JESUS FIGUEROA
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