Juzgado del Municipio San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, el Tigre.
El Tigre, veintiocho de abril de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BN12-V-2003-000031
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
JUICIO: MERCANTIL
MOTIVO: RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
DEMANDANTE: WILFREDO AGUSTIN MALAVER LOPEZ venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.462.693, asistido por el Abogado JESUS ANTONIO ALVARADO, de este domicilio e inscrito en el inpreabogado bajo el Nro 8655
DEMANDADO: SOCIEDAD MERCANTIL “MOVIL- 2000 C.A.” Representante LUIS ALBERTO ESCALA URBANEJA Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.973.120.
Por cuanto de la revisión de las actas que conforman la presente causa, observa esta Juzgadora, que desde el último acto practicado en fecha 28-05-03 ha transcurrido mas de de un (1) año, sin que ninguna de las partes haya instado Procedimiento alguno; se declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de acuerdo con lo establecido en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil. Y así se declara.
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Municipio San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA, por haber ocurrido la perención en la presente causa. En consecuencia, se levanta la Medida Preventiva de Embargo decretada por este Tribunal en fecha 26-05-03.
Publíquese, Regístrese, y Déjese copia certificada de la presente decisión.
DADA, FIRMADA Y SELLADA en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui a los Veintiocho días del mes de Abril de Dos Mil Cinco.
La Juez,
ABG. ADRIANA MATA AGUILERA
La Secretaria,
ABG. MARIA CARLA LUGO
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