REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, Veintisiete (27) de Abril de dos mil cinco

194º y 146º


ACTA

N° DE EXPEDIENTE: BP02-L-2004-001269
PARTE ACTORA: Kerellys Belisario, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.286.745.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO HA PRESENTADO. ACTUA ASISTIDA.
PARTE DEMANDADA: SERVICOS ROJAS 2.000
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO HA PRESENTADO.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.


Hoy, Veintisiete (27) de Abril de 2005, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos Kerellys Belisario, debidamente asistida por la Abogada Náyade Rosario, inpreabogado N° 55.596, en su condición de Procuradora de Trabajadores y en su carácter de demandante. Se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte demandada ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, todos plenamente identificados en autos. De inmediato hace uso de palabra la parte demandante quien expone: Visto que la parte demandada realizó el pago total de los diferentes conceptos demandados, mediante Cheque girado en contra del Banco Provincial, marcado con el N° 00020718, y a favor de la trabajadora identificada en autos, en consecuencia DESISTO DEL PROCEDIMIENTO y solicito al Juzgado Homologue tal pedimento y de por terminado el presente juicio y archivando el expediente respectivo. El Juez, vista la exposición de la parte demandante en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA en éste mismo acto tal petición y declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y terminado el juicio. Se ordena el archivo judicial del presente expediente. Publíquese y Regístrese. Cúmplase.
El Juez

Abog. Juan Ortiz.
Los Presentes,




La Secretaria,

En ésta misma fecha, dando cumplimiento a lo ordenado se Publicó y Registró la anterior decisión. Conste.
La Secretaria,

Abog. Romina Vacca.