REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinte de abril de dos mil cinco
194º y 145º
ASUNTO: BP02-L-2004-000880
PARTE ACTORA: ELEODORO ADONAHI GUTIERREZ MIRANDA.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JUAN RAMÓN GARCÍA y JUAN PABLO GARCÍA.
PARTE DEMANDADA: COSTA NORTE-PROGRESI y GRUPO ALVICA.
APODERADOS DE LAS PARTES DEMANDADAS: NATALIA DE PAZ GARMENDIA (LA SEGUNDA) y GERARDO SOTO (LA PRIMERA).
MOTIVO: ENFERMEDAD PROFESIONAL

En el día hábil de hoy veinte (20) de abril de dos mil cinco, siendo las tres y treinta (03:30) p.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, por ENFERMEDAD PROFESIONAL; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, haciendo acto de presencia los Abogados NATALIA DE PAZ GARMENDIA (apoderada de GRUPO ALVICA) y GERARDO SOTO (apoderado de COSTA NORTE-PROGRESI), inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 64.526 y 72.731, respectivamente, en su condición de Apoderados Judiciales de las demandadas GRUPO ALVICA y COSTA NORTE-PROGRESI, respectivamente, según consta en instrumento poderes, los cuales cursan a los auto. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 145 ° y 194 °.
La Juez Temporal


Abog. Sergio Millan Charles
La Secretaria


Abog. Noemí Mogna