ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: BP02-L-2004-001279
PARTE ACTORA: ELOY DOMINGO GUARIQUE GAMEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: FERNANDO VALERO BORRAS.
PARTE DEMANDADA: DEN SPIE S.A., y PETROZUATA C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DEN SPIE S.A.,
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, 29 de Abril de 2005 día y hora fijado para que tenga lugar el diferimiento de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el ciudadanos ELOY DOMINGO GUARIQUE GAMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.798.090, representado por el Abogado en ejercicio FERNANDO VALERO BORRAS, INPREABOGADO No. 82.987, según se evidencia de instrumento Poder autenticado por ante la Notaría Pública de Barcelona, en fecha 08-09-04, anotado bajo el Nº 20, Tomo 140, de los libros llevados por esa oficina y las sociedades mercantiles DEN SPIE S.A., por el abogado en ejercicio ANIBAL BRITO HERNANDEZ, INPREABOGADO Nº 21.038, según se videncia de instrumento Poder autenticado por ante la Notaría Pública Cuarta del Municipio Autónomo Sucre del Estado Miranda, en fecha 03-03-04, anotado bajo el Nº 42, Tomo 17, de los libros llevados por esa oficina, y PETROZUATA C.A., debidamente representada por la abogado en ejercicio REINA ROMERO ALVARADO, INPREABOGADO Nº 54.464, según se evidencia de instrumento Poder autenticado por ante la Notaría Pública de Lechería, en fecha 14-02-05, anotado bajo el Nº 05, Tomo 24, de los libros llevados por esa oficina, dándose inicio a la audiencia presentando las pruebas conforme a la ley y finalizado el debate sostenido por las partes, previo intercambio de sus escritos de pruebas, en este en este acto la parte actora manifiesta su voluntad de desistir del presente procedimiento en virtud del alegato de Prescripción realizado por las demandadas de autos, hasta que la Ley Orgánica del Trabajo entre en vigencia, asimismo en este acto las representaciones judiciales de las demandadas en virtud al desistimiento convienen y solicitan al tribunal sea exonerado el ex trabajador de las costas procesales originadas en la presente causa, el Tribunal visto el desistimiento de la parte actora, por cuanto no vulnera derechos irrenunciables, procede a impartir la homologación correspondiente, otorgándole el carácter de cosa juzgada, exonerando a la parte actora del pago de las costas procesales en virtud del pacto convenido por las demandadas. Así se decide.
En consecuencia da por terminado el presente expediente, ordenando el archivo del mismo.
El Tribunal procede en este acto en hacer entrega de los escritos de pruebas presentados al inicio de la audiencia, quienes reciben conforme.
La Juez,
Abg. María José Carrión G.
La Secretaria
Abg. Noemí Mogna.
Los Presentes
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