REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce de abril de dos mil cinco
194º y 146º
ASUNTO : BP02-V-2005-000423
Por recibida la anterior solicitud de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, propuesta por la Ciudadana KETTY DEL VALLE ZABALA ZABALA, Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, actuando en representación de los niños KARELYS PAOLA, VICENTE PAUL, KELLY PAULINA y KAREN GARIELA HERNANDEZ FRANCIS, de siete (07), cinco (05), dos (02) y tres (03) años de edad respectivamente. Désele entrada. En consecuencia, esta Sala de Juicio Nº 01, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescentes, la ADMITE cuanto ha lugar a derecho se requiere por no ser contraria al Orden Público, a las Buenas Costumbre y a ninguna Disposición Expresa de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y conforme a lo dispuesto en el Articulo 514 de la precitada Ley, cítese al Ciudadano VICENTE PAUL HERNANDEZ ACOSTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº.13.164.869, domiciliado en Querecual, Sector El Tamarindo, casa s/n, Barcelona, Estado Anzoátegui, para que comparezcan por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 01, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, a las Diez de la mañana (10:00 a.m.), a los fines de que dé contestación a la presente Demanda. Líbrese boleta de Citación. Se advierte a ambas partes que en la misma oportunidad se verificara el Acto Conciliatorio a las 9:00 a.m. Así mismo, se acuerda la realización de sendos informes sociales en el hogar de los Ciudadanos VICENTE PAUL HERNANDEZ ACOSTA y YAKELINE KAREN FRANCIS LOPEZ, y la practica de sendas evaluaciones psicológicas.- Así mismo se oficiar al Director de Recursos Humanos de la Gobernación del Estado Anzoátegui, a los fines de que informe a este Tribunal el sueldo mensual y demás deducciones que devenga el ciudadano VICENTE PAUL HERNANDEZ ACOSTA.- Líbrese oficio y Boleta de citación.-
LA JUEZ UNIPERSONAL N° 01

DRA. GLADYS SANCHEZ DE GUZMAN

LA SECRETARIA,

ABG. ODALIS MARIN MAITAN.