REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, quince de abril de dos mil cinco
194º y 146º

ASUNTO: BP02-V-2005-000424
Por recibido, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Vista la solicitud presentada personalmente por la abogada KETTY ZABALA ZABALA, Fiscal Especializada Décimo Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, por FIJACION DE OBLIGACION ALIMENTARIA, a favor de los niños MARYORI DIOCELIN, ENDY RAFAEL y MARGLORIS YOSELIN “FEBRES RONDON”, de once (11), nueve (09), y seis (06) años de edad actualmente. En consecuencia, este Tribunal la ADMITE por ser procedente y no ser contraria a derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se ordena la citación del ciudadano ALEXIS RAFAEL FEBRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.171.111, domiciliado en: Mundo Nuevo, sector Mata Redonda, casa s/n, cerca del Estadium, Vía Urica, Estado Anzoategui, para que comparezca por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoategui, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, en el horario comprendido de ocho y treinta (8:30am) de la mañana hasta las dos y treinta (2:30pm) de la tarde, a fin de que dé contestación a la presente Demanda. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 516 ejusdem, se indica que la Juez intentará la conciliación entre las partes, la cual tendrá lugar a las once de la mañana del mismo día de la contestación, notifíquese a la progenitora, ciudadana FRANCE ENELY RONDON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.055.467, domiciliada en: Boyacá 4, vereda 26, casa N° 01, Barcelona, Estado Anzoategui, que debe estar presente en el Acto Conciliatorio. Líbrese boletas respectivas. Igualmente, se ordena la realización de sendos informes sociales en los hogares de los ciudadanos ALEXIS RAFAEL FEBRES y FRANCE ENELY RONDON, así como la práctica de evaluación psicológica y psiquiátrica a ambos. Comisionando suficientemente para tal fin al Director del Instituto Nacional del Menor (INAM) con sede en Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoategui. Líbrese oficio.-
LA JUEZ PROVISORIO UNPERSONAL N° 02


DRA. ANA JACINTA DURAN


LA SECRETARIA
ABOG. MELISSA AZOCAR

AJD/lba.-