REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintidós de abril de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BH06-X-2005-000085
Admitida la solicitud de FIJACION DE OBLIGACION ALIMENTARIA, propuesta por la ciudadana MABELIN DEL CARMEN MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.369.120, domiciliada en la Calle Cajigal, sector Camino Nuevo, casa N° 4, Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoategui, asistida en este acto por la abogada en ejercicio KEIBIHT SALAZAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 106.420, en contra del ciudadano JOHNNY RAFAEL SOTO, a favor de la niña ROSELIN DEL CARMEN SOTO MENDOZA, de diez (10) años de edad actualmente, de conformidad con los Artículos 512 y 521 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se abre el presente cuaderno de medidas, el cual formará parte del expediente Nº BP02-V-2005-000412. En consecuencia éste Tribunal en cuanto a las MEDIDAS PROVISIONALES solicitadas DECRETA: PRIMERO: Retención de TREINTA Y SEIS (36) MENSUALIDADES FUTURAS, a razón del treinta por ciento (30%) del sueldo neto integral mensual del obligado ciudadano JOHNNY RAFAEL SOTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.978.176, domiciliado en la calle 5, casa s/n, Barrio Lindo, Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoategui, y quien presta sus servicios en el Instituto Autónomo de Policía del Estado Anzoategui, las cuales serán deducidas de las PRESTACIONES SOCIALES, que ha de percibir el obligado en caso de retiro, despido o cancelación de contrato, y deberán ser remitidas en cheque de gerencia a nombre de este Tribunal en su debida oportunidad.- Ofíciese lo conducente al Jefe del Departamento de Recurso Humanos del Instituto Autónomo de Policía del Estado Anzoategui. Asimismo, deberá informar a este tribunal a la mayor brevedad posible el sueldo integral neto mensual con indicación de beneficios y deducciones legales y contractuales, comisiones, así como los beneficios que otorga la empresa a los hijos de sus trabajadores. Líbrese oficio.-
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL N° 02
DRA. ANA JACINTA DURAN
LA SECRETARIA.-
ABOG. MELISSA AZOCAR.-
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en el.-
LA SECRETARIA.-
ABOG. MELISSA AZOCAR.-
AJD/lba.-