REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiocho de abril de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: BP02-S-2005-000936

Vista la anterior diligencia suscrita por la ciudadana AURA ESTHER RONDON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.8.306.770, debidamente asistido en este acto por el Abogado EDMUNDO JOSE ORTIZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.370, de este domicilio, en la cual subsana las omisiones presentadas en el libelo de la demanda; en consecuencia en virtud de haberse dado cumplimiento a lo ordenado en auto de fecha 30/03/2005, éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N°.02, la ADMITE, y en consecuencia a los fines de proveer sobre la presente solicitud, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio Nº 02, Ordena oficiar al Ciudadano Gerente de la Sociedad mercantil “ZURICK SEGUROS, S.A.” ubicado Avenida Francisco de Miranda, Torre Seguros Sud-América, Piso 7 y 8, Urbanización El Rosal, Caracas, a fin de que se sirva remitir en cheque a nombre de este Despacho, la cuota parte que le corresponde por la Póliza de Seguro “VIDAGLOBAL” distinguida con el N° 43210300033, que poseía el Ciudadano JOSE GERARDO MARTINEZ AMPARAN, quien era Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-9.814.294, que le puedan corresponder a los niños: GERALDINE DE LOS ANGELES Y JOSE JAVIER “MARTINEZ RONDON”, de siete (07) y cinco (05) años de edad, respectivamente.- Líbrese Oficio.- Asimismo, se AUTORIZA SUFICIENTEMENENTE, a la ciudadana AURA ESTHER RONDON, anteriormente identificada en su condición de madre de los niños arriba mencionados, para que retire la cuota parte de la Póliza antes mencionada.- Notifíquese a la Fiscal Undécima del Ministerio Público, del inicio de la presente solicitud.- Librese Boleta de Notificación.- Cúmplase
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL Nº 02.


DRA. ANA JACINTA DURAN.

LA SECRETARIA.

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.-

AJD/crc.-