REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cinco de abril de dos mil cinco
194º y 146º
ASUNTO: BP02-S-2005-001101
Por recibida la anterior solicitud de SEPARACION DE CUERPOS Y DE BIENES, propuesta por los ciudadanos: ZULENICE JOSÉ CEDEÑO MALAVE y JULIO CESAR OCA MORON, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 12.915.649 y 14.632.565 respectivamente, debidamente asistidos en este acto por las abogadas en ejercicio MARITZA CAROLINA QUINTERO QUIARO y MARIA GABRIELA QUINTERO QUIARO, inscritas en el Inpreabogado bajo los N° 106.567 y 98.821 respectivamente. Désele entrada. Admítase. Anótese en los libros respectivos.- En consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio Nº 02, Dra. Ana Jacinta Durán, INSTA a los solicitantes a que comparezcan a dar cumplimiento al Artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese a la Fiscal Undécima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Cúmplase.-
LA JUEZ PROVISORIA UNIPERSONAL Nº. 02.
DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.
ABOG. MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en el.-
LA SECRETARIA.
ABOG. MELISSA AZOCAR.
AJD/Mary C.