REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cinco de abril de dos mil cinco
194º y 146º

ASUNTO: BP02-S-2005-001101


Por recibida la anterior solicitud de SEPARACION DE CUERPOS Y DE BIENES, propuesta por los ciudadanos: ZULENICE JOSÉ CEDEÑO MALAVE y JULIO CESAR OCA MORON, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 12.915.649 y 14.632.565 respectivamente, debidamente asistidos en este acto por las abogadas en ejercicio MARITZA CAROLINA QUINTERO QUIARO y MARIA GABRIELA QUINTERO QUIARO, inscritas en el Inpreabogado bajo los N° 106.567 y 98.821 respectivamente. Désele entrada. Admítase. Anótese en los libros respectivos.- En consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio Nº 02, Dra. Ana Jacinta Durán, INSTA a los solicitantes a que comparezcan a dar cumplimiento al Artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese a la Fiscal Undécima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Cúmplase.-
LA JUEZ PROVISORIA UNIPERSONAL Nº. 02.


DRA. ANA JACINTA DURAN.


LA SECRETARIA.

ABOG. MELISSA AZOCAR.


En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en el.-



LA SECRETARIA.

ABOG. MELISSA AZOCAR.





AJD/Mary C.