En el día de hoy once de Abril de dos mil cinco, siendo las 11:00 AM previa habilitación del Tribunal y por el tiempo necesario se trasladó y constituyó el Tribunal en la sede del Banco del Sur, ubicado en el Centro comercial Plaza de ésta Ciudad de El Tigre, Estado Anzoátegui, en compañía del ciudadano: Javier Rojas, con Inpreabogado bajo el número: 96.360 con el carácter de Apoderado Actor en la presente causa, a los fines de prácticar una MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO decretada por el Juzgado del Municipio Simón Rodrríguez, Estado Anzoátegui, relacionado con el Juicio por Cobro de Bolívares (Vía Intimatoria), intentada por el Ciudadano: Pedro Gamero contra la Ciudadana: Leidis Mundaraim. Presente en el sitio la Ciudadana: Tibisay Monasterios, V- 5.472.829 en su carácter de Gerente de la precitada Entidad Bancaria, a quien el Tribunal le notificó del motivo de su misión. Seguidamente el Tribunal solicitó a la notificada que informe si la cuenta número: 30-51-00232-1, corresponde a ésta Entidad Bancaria y si se encuentra aperturada a la orden de la Ciudadana: Leidis Mundaraim, V- 9.839.635, y en caso positivo, informe si cubre la cantidad de bolíbares 1.484.158, 00 monto señalado en la presente cómisión. Seguidamente la notificada expone: " informo al Tribunal que la cuenta suministrada, si pertenece a éste Entidad Bancaria, corresponde a la Ciudadana: Leidis Mundaraim y si cubre el monto anteriormente señalado". En éste acto interviene el Apoderado Actor y expone: " Solicito al Tribunal declare Embargado Preventivamente la cantidad de bolívares Un Millón Cuatrocientos Ochenta y Cuatro Mil Ciento Cincuenta y Ocho (1.484.158,00) de la Cuenta numerada 30-51-00232-1, que comprende la suma demandada mas las costas". Seguidamente el Tribunal declara Embargo Preventivo, la suma de Bs. 1.484.158,00., depositado en la Cuenta número: 30-51-00232-1, a la orden de la Ciudadana: Leidis Mundaraim demandada en la presente causa. Seguidamente el Tribunal designa como depositario Judicial a la Ciudadana: Tibisay Monasterios V-5.472.829, en su carácter de Gerente de la Entidad Bancaria del Sur, Agencia El Tigre, Ubicada en el Centro Comercial Plaza de ésta misma ciudad, quien estando presente aceptó el cargo y prestó el Juramento de Ley, a quien el Tribunal le participó que dicha cantidad de dinero Embargada Preventivamente, deberá ser remitido al Juzgado del Municipio Simón Rodríguez, mediante Cheque de Gerencia a la orden de ese mismo Juzgado de ésta misma Ciudad de El Tigre, es todo". Siendo las 11:45 AM el Tribunal da cumplida su misión y acuerda su regreso a su sede natural, es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ......., (HAY SELLO HUMADO Y FIRMA ILEGIBLE)
LA NOTIFICADA......., (FIRMA ILEGIBLE)
EL APODERADO ACTOR..........., (FIRMA ILEGIBLE)
EL SECRETARIO.........., (FIRMA ILEGIBLE)
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