Vista la transacción de fecha 9 de Agosto de 2005, celebrada entre el ciudadano César Alejandro Mendoza Sansonetti, actuando con el carácter de Vice-Presidente de la sociedad mercantil Carpintería y Soluciones C.A., parte accionada en el presente juicio, asistido por la Abogada Mariana Flores Corado, por una parte, y por la otra Javier José Muñoz Blanco, parte accionante, asistido por el Abogado José Ventura Rojas Trías, en la cual solicitan se acuerde la homologación de la misma, otorgándosele el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, e igualmente requieren copia certificada de la referida transacción y del auto de homologación; en consecuencia, este Juzgado Superior HOMOLOGA la transacción celebrada entre las partes, por no ser contraria a derecho. En cuanto a la solicitud de copias certificadas, el Tribunal se pronunciará por auto separado. Pronunciamiento que formula este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Déjese copia certificada. (Expediente signado con el Nº BP02-O-2004-000211).
El Juez Provisorio,
Abog. Antonio Marcano Campos
La Secretaria,
Abog. Mariela Trías Zerpa.
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