Visto el escrito de fecha 11 de Agosto de 2005, suscrita por el ciudadano José Antonio Armas Velásquez asistido en este acto por el Abogado Ramón Galindo Moy, parte demandante en el presente juicio, mediante la cual consigna transacción celebrada entre las partes, a los fines de que se proceda a darle la homologación; este Juzgado Superior HOMOLOGA la transacción celebrada entre las partes, por no ser contraria a derecho. En consecuencia, ordena la remisión del presente expediente al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial. Pronunciamiento que formula este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Déjese copia certificada. (Expediente signado con el Nº BP02-O-2004-000303).
El Juez Provisorio,


Abog. Antonio Marcano Campos
La Secretaria,



Abog. Mariela Trías Zerpa.