REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, doce de agosto de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BH02-X-2005-000058
Por recibidas las actuaciones que anteceden relacionadas con la inhibición planteada por la DRA. IDA TINEO DE MATA, juez Provisorio del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de esta circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el juicio por RENDICION DE CUENTAS, seguido por los ciudadanos JOSE GERMAN VARGAS y JESUS SALVADOR GARCIA, contra el ciudadano ORANGEL MOROCAIMA, contenida en el ordinal 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil. Fórmese expediente, admítase y désele entrada en los libros de causas respectivos llevados por este Tribunal Superior durante el presente año y háganse las anotaciones correspondientes.
Vista la Inhibición planteada por la DRA. IDA TINEO DE MATA, basada en el ordinal 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, “por haber emitido opinión en el juicio”, este Tribunal Superior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR dicha Inhibición por estar fundamentada en la causal legal. En consecuencia, devuélvanse las presentes actuaciones al Tribunal de la causa, para que este de cumplimiento a la Ley Orgánica del Poder Judicial. Todo lo cual se decide en nombre de la República y por autoridad de la Ley.
El Juez Superior Temporal,

Abg. Rafael Simón Rincón Apalmo
La Secretaria,
Abg. María Eugenia Pérez
Seguidamente se cumplió lo ordenado en el auto anterior, remitiéndose al Tribunal de la causa constante de siete (07) folios útiles y junto con oficio N°. 0410-380. Conste.
La Secretaria,

Abg. María Eugenia Pérez