REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
3Barcelona, once de agosto de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : BP02-S-2005-002368
Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, presentada por la ciudadana: ISABEL MARÍA MARCANO SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 2.161.882, domiciliada en la ciudad de Puerto La Cruz, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JESÚS D. CASTILLEJO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.531, y visto el justificativo evacuado por ante este Tribunal con las declaraciones de las ciudadanas: ARACELIS COROMOTO LETTERNY y YUDITH VENEZUELA FERNANDEZ VILCHEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 4.905.599 y 9.473.473, respectivamente, quienes manifestaron que conocen de vista, trato y comunicación desde hace varios años a la Ciudadana: ISABEL MARÍA MARCANO SALAZAR, y a sus tres hijos: ARELIS DEL VALLE, GABRIEL JOSE y JESÚS RAMÓN ROMERO MARCANO y les constan que conocieron al ciudadano: GABRIEL RAFAEL ROMERO VELÁSQUEZ, quien era su legitimo esposo y padre de sus tres hijos; igualmente saben y les consta que los Únicos y Universales Herederos del prenombrado De Cujus son la Sra. ISABEL MARÍA MARCANO SALAZAR y sus tres hijos: ARELIS DEL VALLE, GABRIEL JOSÉ y JESÚS RAMON ROMERO MARCANO, y que no hay ningún otro heredero, y el Tribunal vista la documentación acompañada a la solicitud y las declaraciones de los testigos antes nombrados e identificados considera suficientemente tales pruebas y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA a la ciudadana: ISABEL MARÍA MARCANO SALAZAR y a sus tres hijos: ARELIS DEL VALLE ROMERO MARCANO, GABRIEL JOSÉ ROMERO MARCANO y JESÚS RAMÓN ROMERO MARCANO, como LOS ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de su causante GABRIEL RAFAEL ROMERO VELASQUEZ, dejando a salvo los derechos de terceros.
Tómese nota de este Decreto en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año y devuélvanse originales con sus resultas las presentes actuaciones.
El Juez Provisorio,
Dr. JESÚS MARTINEZ GAGO.
La Secretaria,
Dra. MARÍA RENZULLI DÁVILA.
JMG/Gledys.-