REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, ocho de agosto de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: BP12-S-2005-000075

Vista la solicitud presentada por la ciudadana: SABINA ACOSTA RODRIGUEZ venezolana, mayor de edad, y domiciliada en el Municipio Francisco de Miranda, parroquia Atapirire del Estado Anzoátegui, titular de la cédula de identidad Nº 2.432.841, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de domicilio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la calle Bolívar N. 27, de la población de Atapirire, Parroquia Atapirire, Municipio Francisco de Miranda del Estado Anzoátegui, sobre un lote de terreno Municipal alinderadas de la siguiente manera: NORTE: Con calle Bolivar que es su frente; SUR: Vía La Granja; ESTE: Terreno Municipal y OESTE: Calle cementerio.- Dicha construcción consta de unas bienhechurias, consistente de una casa de paredes de bloques de cemento, techo de zinc, piso de cemento, puertas y ventanas de hierro.- El valor invertido es la cantidad de DOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 2.000.000,oo) y teniéndose presente las declaraciones de los testigos, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937, del Código de Procedimiento Civil, y dejándose a salvo los derechos que terceras personas pueden tener a prueba sobre la mencionada justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana SABINA ACOSTA RODRIGUEZ ya identificada en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la interesada.-
La Juez Temporal

Abog. Elaina Gamardo Ledezma
La secretaria

Abog. Marianela Quijada Estaba.-
Constante de siete folios útiles se devuelven originales a la interesada.-
La secretaria

Marianela Quijada Estaba.-