Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, diez de agosto de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP12-S-2005-000984
Vista la solicitud presentada por los ciudadanos: GUSTAVO ELIAS VIERA y MARVELYS JOSEFINA GUERRA COA DE VIERA, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°: V-7.628.198 y V-11.004.449 respectivamente, domiciliados en Anaco, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, y vistas asimismo, las declaraciones rendidas por los ciudadanos: CARMEN MATILDE ORTIZ, GREGORIA DE JESUS RODRIGUEZ MONGUA y ANTONIO SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: V-4.004.587, V-10.492.982 y V-993.710 respectivamente, el Tribunal dejando en todo caso a salvo los derechos de terceros, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, las declara TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE, para asegurar los derechos aducidos por los postulantes en la solicitud que corre por cabeza de los mismos y así se decide.-
LA JUEZ TEMPORAL,
Abg. ANA MARIA DEL CIOPPO PEREZ
LA SECRETARIA ACC,
Abg. MARYSAMIL LUGO ITANARE
Evacuadas como han sido las presentes actuaciones, se acuerda la devolución de los originales, previa su certificación en los autos.
LA SECRETARIA ACC,
|