REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, primero de agosto de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: BP02-L-2004-001181
PARTE ACTORA: ALEXANDER PEREZ, titular de la cédula de identidad No. 15.154.960.
APODERADAS DE LA PARTE ACTORA: LUIS BELTRAN CALDERON, MARGOTH CALDERON, GABRIELA ESTRADA y JUAN CARLOS ZIMETA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 111.706, 91.165, 103.890 y 111.77.
EMPRESAS DEMANDADAS: TRIMECA y PDVSA PETROLEO, S.A.
ABOGADOS DE LAS DEMANDADAS: DILZA MEDINA MAITA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 38.633.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy primero (01) de agosto de dos mil cinco, siendo las nueve y treinta (09:30) a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció, a la realización de la Audiencia Preliminar, haciendo acto de presencia por la demandada la abogada DILZA MEDINA MAITA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 38.633, según consta en instrumento poder que consigna. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 146 ° y 195°.
El Juez Temporal

Abg. Sergio Millan Charles
La Secretaria

Abg. Romina Vacca

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 9:48 a.m. Conste.

La Secretaria

Abg. Romina Vacca