REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez de agosto de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP02-L-2005-000477
PARTE ACTORA: LUIS RIVAS, titular de la cédula de identidad No. 4.004.625.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: LOORENZO HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 80.992.
EMPRESAS DEMANDADAS: CONSTRUCTORA HERMANOS FURNALETOS, (CONFURCA), C.A.
ABOGADO DE LA DEMANDADA: JOHANNA RINCONES DI ROCCO y GERARDO ANTONIO SOTO DIAZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 66.548 y 72.731.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy diez (10) de agosto de dos mil cinco, siendo las diez (10:00) a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, por COBRO DE DIFERENCIA PRESTACIONES SOCIALES; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció, a la realización de la Audiencia Preliminar, haciendo acto de presencia por la demandada los abogados JOHANNA RINCONES DI ROCCO y GERARDO ANTONIO SOTO DIAZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 66.548 y 72.731, según consta en instrumento poder que consigna en copia simple. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 146 ° y 195°.
El Juez Temporal
Abg. Sergio Millan Charles
La Secretaria
Abg. Romina Vacca
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 10:18 a.m. Conste.
La Secretaria
Abg. Romina Vacca
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