ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: BP02-L-2005-000468
PARTE ACTORA: FRANCISCO JOSE ANDRADE
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO SE PRESENTO.
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA HERMANOS FURLANETTOS, CONFURCA C.A.,
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOHANNA RINCONES DI ROCCO y GERARDO SOTO DIAZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy diez (10) de agosto de dos mil cinco, siendo las 9:00, A.M, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, interpusiere el ciudadano FRANCISCO JOSE ANDRADE, en contra de la sociedad mercantil CONSTRUCTORA HERMANOS FURLANETTOS, CONFURCA C.A.; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, aún cuando el ciudadano alguacil procedió a realizar el llamado de ley a las partes involucradas en el presente causa, se deja constancia de la comparecencia de los coapoderados judiciales de la parte demandada, abogados en ejercicio JOHANNA RINCONES DI ROCCO y GERARDO SOTO DIAZ, INPREABOGADO Nos. 66.548 y 72.731, respectivamente, según se evidencia de instrumento Poder autenticado por ante al Notaría Pública de Barcelona del Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, en fecha 10-10-03, anotado bajo el Nº 61, Tomo 126, de los libros llevados por esa oficina, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. Años 146 ° y 195 °.
La Juez
Abg. María José Carrión G.
La Secretaria,
Abg. María Carmona Ainaga.
Los Comparecientes
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