REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cinco (05) de agosto de dos mil cinco
195º y 145º
AUDIENCIA DE JUICIO

ASUNTO: BP02-L-2005-000009
PARTE ACTORA: JOSE MOSQUEDA, extranjero, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 81.675.365.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Desconocidos.
PARTE DEMANDADA: PROTECCION, VIGILANCIA Y VALORES, C.A, (PROVIVALCA) inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 27 de julio de 1989, bajo el No.17, Tomo 320-A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ANIBAL BRITO y RAQUEL SILVA DE CAMEJO, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nos.21.038 y 21.558, respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En horas de despacho del día de hoy, cinco (05) de agosto de dos mil cinco (2005), reunidos en la Sala de Audiencias de los Tribunales Laborales, del Palacio de Justicia, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.) día y hora, fijada para que tenga lugar la Audiencia de Juicio en la presente causa, seguido por el ciudadano JOSE MOSQUEDA, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 81.675.365 contra la empresa PROTECCION, VIGILANCIA Y VALORES, C.A (PROVIVALCA). Se constituye de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Presidido por la Juez, Abog. MARIA AUXILIADORA CHAVEZ, la Secretaria Abog. ROMINA VACCA y el Alguacil EDUARDO HENRIQUEZ, razón por la cual se abre la sesión y se da inicio a la Audiencia de Juicio. Posteriormente la Ciudadana Juez ordena a la Secretaria informar el motivo de la presente Audiencia y dejar constancia de la presencia de las partes. Seguidamente la Secretaria dio cuenta a la Ciudadana Juez del objeto de la presente Audiencia. Asimismo deja constancia de la incomparecencia del ciudadano JOSE MOSQUEDA, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 81.675.365 y de sus apoderados judiciales. Asimismo se deja constancia de la presencia de la demandada PROTECCION, VIGILANCIA Y VALORES, C.A; a través de su apoderado judicial, el abogado ANIBAL BRITO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el No.21.038. Acto seguido, la ciudadana Juez, vista la incomparecencia de la parte actora, declara el desistimiento de la acción, y terminado el proceso, conforme al artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Igualmente se deja constancia que la presente audiencia se reprodujo en forma audiovisual de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con una cámara marca SONY, mini DV, serial Nº 440990, manipulada por el técnico audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción Judicial, ciudadano TOMAS GUZMAN, titular de la cédula de identidad Nº 12.818.401. Se declara concluida la Audiencia de Juicio. Siendo las 9:05 a.m. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,

MARIA AUXILIADORA CHAVEZ

APODERADO DE LA DEMANDADA

LA SECRETARIA

ABOG. ROMINA VACCA