REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, doce de agosto de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP02-S-2005-002899
Por cuanto el Tribunal observa que la parte interesada Subsanó las Omisiones que se señalan en el auto de fecha 27 de Julio de Dos Mil Cinco (2005), por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición legal, se ADMITE cuanto ha lugar en derecho la presente solicitud de DISPOSICION DE BIENES, relacionado con el adolescente y los niños CESAR EDUARDO, JOSE MANUEL y MARINES DEL CARMEN GIL VASQUEZ, de Diecisiete (17), Ocho (08) y Siete (07) años de edad, respectivamente, herederos del ciudadano MOISES JOSE GIL GARCIA, cédulado bajo el N° V-8.302.119, fallecido ab-intestato el 19-01-2005, propuesto por la ciudadana MARIA DE LOURDES VASQUEZ SARMIENTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.224.515, junto con los recaudos que en ella se mencionan, todo constante de Treinta y Dos (02) folios útiles. Désele entrada. Admítase. En consecuencia se autoriza suficientemente a la ciudadana MARIA DE LOURDES VASQUEZ SARMIENTO, para que tramite por ante las Oficinas del Banco Federal, Agencia Paseo Colón, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, todo lo relacionado con la cuota parte, que le corresponde al adolescente y a los niños CESAR EDUARDO, JOSE MANUEL y MARINES DEL CARMEN GIL VASQUEZ, perteneciente a su difunto padre, ciudadano MOISES JOSE GIL GARCIA. Y luego sea consignado dicho Cheque por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 01, por concepto saldo e intereses, relacionados con la Cuenta de Ahorro N° 0133-0078-01-1100029886, perteneciente al ciudadano, difunto MOISES JOSE GIL GARCIA. Líbrese el correspondiente oficio. Cúmplase.-
LA JUEZ UNIPERSONAL PROVISORIO Nº 01.
Dra. GLADYS SANCHEZ de GUZMAN.
LA SECRETARIA,
Abg. ODALIS MARIN MAITAN.