REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, nueve de agosto de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP02-S-2005-003114

Por recibida la anterior solicitud de INSERCION de PARTIDA de NACIMIENTO, propuesta por la ciudadana XIOMARA VIDALINA PIÑANGO ALCIBIADES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.777.953, actuando en representación del niño XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, junto con los recaudos que en ella se mencionan todo constantes de Siete (07) folios útiles.- Désele entrada y anótese en los libros respectivos, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 01, la ADMITE, por ser procedente y no ser contraria a derecho y de conformidad con lo establecido en el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, literal “F”, y ordena antes de proceder a la decisión de la misma: 1) Oír la opinión de la madre del niño de autos, ciudadana XIOMARA VIDALINA PIÑANGO ALCIBIADES.- 2) Oír la opinión del niño XXXXXXXXXXXXXXX, de conformidad con lo establecido en el artículo 80 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. 3) Tómese declaración a los testigos que a bien tenga presentar la solicitante. 4) Librese boleta de notificación a la Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público del Estado Anzoátegui. - Cúmplase con lo ordenado.-
LA JUEZ UNIPERSONAL. SALA N° 01.


Dra. GLADYS SANCHEZ de GUZMAN.
LA SECRETARIA,


Abg. ODALIS MARIN MAITAN.
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA,


Abg. ODALIS MARIN MAITAN.