REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, nueve de agosto de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : BP02-V-2005-001007
Por recibida la anterior solicitud de Fijación de OBLIGACION ALIMENTARIA, propuesta por la ciudadana REINA LISSET LANZA DE MARTINEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.369.818, de este domicilio, actuando en representación de sus hijos XAVIER ALEXANDER y HEYSSETTH NAZARETH MARTINEZ LANZA, de ocho (08) y dos (02) años de edad respectivamente, asistida por la Defensora Pública Suplente N° 18, de Protección del Niño y del Adolescente, de esta Circunscripción Judicial, Abogada ELIS MARIBEL MOLINA B., en contra del ciudadano HENRY ALEXANDER MARTINEZ. Désele entrada. Fórmese expediente y anótese en los Libros respectivos. En consecuencia, esta Sala de Juicio Nº 02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescentes, la ADMITE cuanto ha lugar a derecho se requiere por no ser contraria al Orden Público, a las Buenas Costumbre y a ninguna Disposición Expresa de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y conforme a lo dispuesto en el Articulo 514 de la precitada Ley, cítese a el ciudadano HENRY ALEXANDER MARTINEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° 11.049.078, quien puede ser citado en su lugar de trabajo institución Policial de Baruta, ubicada en el Estado Miranda, para que comparezca por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, más dos (2) días como termino de distancia, en horas comprendidas entre las ocho y treinta minutos de la mañana (8:30am) y las (2:30pm), a los fines de que dé contestación a la presente demanda. Librese Boleta de Citación. Se comisiona al Tribunal de protección del Niño y del Adolescente del Estado Miranda, a los fines de que practique la citación del demandado. Librese Oficio. Se le advierte que en la misma oportunidad se verificara un Acto Conciliatorio entre ambas parte a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m). Notifíquese a la Fiscal Undécimo del Ministerio Público del inicio de la presente demanda. Librese Boleta de Notificación. En cuanto a las Medidas solicitadas se proveerán por cuaderno separado.
LA JUEZ UNIPERSONAL Nº 02.
DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA
ABOG. MELISSA AZOCAR
AJD/ CA