REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
Barcelona, ocho de diciembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : BH02-X-2005-000078

Por recibidas las actuaciones que anteceden relacionadas con la inhibición planteada por la abogada IDA TINEO DE MATA, Juez Provisorio del Juzgado Segundo de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en la solicitud de Titulo de Únicos y Universales Herederos, intentada por los ciudadanos BENITO DE JESÚS RAMÍREZ ROJAS, BENITO RAMÍREZ CRESPO, LUIS RAFAEL FONT ROJAS, LISBETH AMÉRICA RAMIREZ ROJAS y MARÍA GREGORIA RAMIREZ ROJAS; contenida en el ordinal 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil. Fórmese expediente, admítase y désele entrada en los libros de causas respectivos llevados por este Tribunal Superior durante el presente año y háganse las anotaciones correspondientes.-
Este Tribunal Superior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR dicha Inhibición por estar fundamentada en la causal legal. En consecuencia, devuélvanse las presentes actuaciones al Tribunal de la causa, para que éste dé cumplimiento a la Ley Orgánica del Poder Judicial. Todo lo cual se decide en nombre de la República y por Autoridad de la Ley.
El Juez Superior Temporal.

Abg. Rafael Simón Rincón Apalmo

La Secretaria

Abg. Maria Eugenia Pérez
Seguidamente se cumplió lo ordenado en el auto anterior. Mediante oficio N° 0410-566 y constante de siete (07) folios útiles. Conste.
La Secretaria,

Abg. Maria Eugenia Pérez