REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 21 de Diciembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: BP01-P-2002-000637
ASUNTO : BP01-P-2002-000637

Visto el escrito que presenta la Abogado CARMEN CECILIA SALAZAR GONZALEZ, en fecha 08-12-2005, abogado de confianza de la imputada MARIA AUXILIADORA MARIN VILLARROEL, procesada por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO, causa (BP01-P-2005.3855) acumulada a la Causa BO01-P-2002-367, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO; en virtud del cual solicita la revisión de la Medida Privativa de Libertad por encontrarse con un embarazo de casi quince (15) semanas, todo de conformidad a lo que establece el artículo 264 del Código Orgánico procesal Penal; este Tribunal de Control a los fines de decidir, observa:
En fecha 28-11-2005, el ciudadano Daniel Machado, supuesto cónyuge de la imputada supra mencionada, solicitó el traslado de la misma a un centro hospitalario por presentar sangramiento y dolores abdominales, a causa según su parecer, a un embarazo de doce (12) semanas, motivo por el cual se ordenó lo solicitado de manera urgente; Igualmente la Defensa consignó los resultados solicitados al Médico – Forense en fecha 15-12-05, por lo que visto y analizado como ha sido el presente escrito, así como los recaudos que se anexan; este Juzgador por Razones Humanitarias y con base a lo que establece el artículo 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual obliga al Estado a proteger la vida y la salud de las personas privadas de su libertad; y siendo este caso una de las situaciones que por sus características extraordinarias ocurre en una procesada-mujer, que se encuentra embarazada, situación que el Estado de igual manera por constitución debe proteger, tal como lo dispone el artículo 76 al garantizar Protección Integral a la maternidad en general a partir del momento de la concepción durante el embarazo…etc.”. Y considerando este Juzgador que esta garantía constitucional se vería afectada al negarse el otorgamiento de un medida cautelar sustitutiva provisional de libertad, la cual se justifica en estos casos y que tendría su soporte en una opinión legal, como la solicitada al médico-Forense, la cual , ( la medida cautela) No sería obstáculo para la prosecución del proceso en un futuro inmediato, ya que solo se cambiaría el actual sitio de reclusión por una Detención Domiciliaria bajo la custodia y responsabilidad de un familiar, por el lapso de Seis (06) meses, hasta tanto la imputada se recupere de su estado de salud. Para tales efectos, se designa como responsable de la custodia al ciudadano DANIEL JOSE BELLO MACHADO, Concubino de la Imputada, portador de la cédula de identidad N° V-11.921.145, residenciado en Calle El Limón, Casa S/N, cerca de la Cancha de Bolas Criollas y Cuidado Diario NIFA, Barrio las Delicias, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui. Teléfono 0281-2692676. Y Así se decide.
RESOLUCION
Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA CON LUGAR REVISAR LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, que cumple en la sede del Instituto Autónomo Policía del Estado Anzoátegui, con sede en Lechería, sustituyéndola, provisionalmente por DETENCION DOMICILIARIA BAJO LA VIGILANCIA DE UN FAMILIAR, quien Firmará Acta de Compromiso, responsabilidad y custodia de la imputada MARIA AUXILIADORA MARIN VILLARROEL, hasta tanto culmine su embarazo, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 264 y 256 Numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículo 76 y 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Líbrese boleta de traslado de la imputada, a fin de imponerla de la presente decisión para el día VIERNES 23 de diciembre de 2005, A LAS 9:00 A.M. Notifíquese a las partes. Cúmplase.-
EL JUEZ DE CONTROL N° 01,

DR. JOSE LUIS ARRIOJAS
LA SECRETARIA,

MARGOT RODRIGUEZ
JLA/mhz.-