REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce de diciembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP02-V-2004-000824
Se contrae la presente causa al juicio de RESOLUCIÓN DE CONTRATO intentada por el ciudadano GEORGE ANDRES ZGHEN RICHE, en su carácter de Director General de la Empresa PROYECTOS M., C.A. en contra del ciudadano ALBERTO JOSÉ BERROTERAN CABEZA, desde el día 13 de diciembre de 2.004, fecha en la cual este Juzgado dicto auto ordenando desglosar las letras de cambio objeto de la presente causa, a los fines de su resguardo, no se le ha dado el impulso procesal a la presente causa, en tal sentido, el Tribunal observa:
Dispone el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil: “Toda Instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes...”
Ahora bien, en el presente juicio, desde el día arriba señalado, fecha en la cual se estampó la última actuación, hasta el día de hoy, ha transcurrido un (01) año y un (01) día, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el precitado artículo se consumó la perención de la Instancia en el presente proceso.-
En consecuencia este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, declara LA PERENCION de la Instancia en el presente proceso.- Así se decide.-
LA JUEZ PROVISORIO,
DRA. IDA TINEO DE MATA
LA SECRETARIA ACC.,
DRA. MARIEUGELYS GARCIA C.
En esta misma fecha se dictó y publicó sentencia siendo las 10:08 a.m.- Conste,
LA SECRETARIA ACC,