REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, doce de diciembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : BP12-S-2005-002915
Vista la solicitud formulada por los ciudadanos: MODESTA ANTONIA CORONADO DE CORDERO, CRUZ RAMON CORDERO CORONADO, JUDITH JOSEFINA CORDERO CORONADO, SARA DEL VALLE CORDERO CORONADO, ANDRES ELOY CORDERO CORONADO, MINERVA DEL CARMEN CORDERO CORONADO y JOSE GREGORIO CORDERO CORONADO, PABLO VICENTE CORDERO SEIJAS y CARLOS ROBERTO CORDERO SEIJAS , titulares de las cédulas de identidad números: V-4.621.252,V-10.060.783, V-10.068.480, V-11.657.184, V- 12.017.431, V- 15.014.484, V-16.251.300, V-10.943.305 y; V-13.252.842, mediante la cual solicitan se les declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del extinto: PABLO VICENTE CORDERO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.330.510, quien estaba domiciliado en la Calle La Florida cruce con El Callejón N° 1, casa N° 13-A, San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, y quien falleció ab intestato, el 21 de mayo de 2005, en el Hospital Industrial de P.D.V.S.A., de San Tomé, Municipio Freites del Estado Anzoátegui, vistos los recaudos acompañados, asimismo, vistas las declaraciones rendidas por los ciudadanos: ANA LUISA TRINITARIO y LUCELIA MARIA ROMERO DE ROJAS, titulares de las cédulas de identidad Números 8.401.288 Y 10.218.716, respectivamente, el Tribunal, dejando en todo caso al salvo los derechos de terceros, los declara UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del extinto, PABLO VICENTE CORDERO, y así se decide.-
LA JUEZ TEMPORAL,
Abg. ANA MARIA DEL CIOPPO PEREZ
LA SECRETARIA,
LAURA PARDO DE VELASQUEZ
Evacuadas como han sido las presentes actuaciones, se acuerda la devolución de las mismas, previa la certificación en los autos.-
LA SECRETARIA,
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