REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, doce de diciembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : BP12-S-2005-002965
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por los ciudadanos: JOSE AMERICO RAMIREZ QUINTERO y MIRIAN JOSEFINA MAURERA DE RAMIREZ, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°s. 5.414.580 y 8.462.721, respectivamente, de este domicilio, asistido por la abogada YAMELIS DEL CARMEN GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 61.155, y vistas asimismo, las declaraciones rendidas por los ciudadanos: SAYDA YORDANA GONZALEZ GARCIA y YUDIMAR DEL VALLE COLMENARES ALFONZO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 14.132.083 y 16.078.321, respectivamente, el Tribunal dejando en todo caso a salvo los derechos de terceros, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, las declara TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE, para asegurar los derechos aducidos por los postulantes en la solicitud que corre por cabeza de las mismas y así se decide.-
LA JUEZ TEMPORAL,
Abg. ANA MARIA DEL CIOPPO PEREZ
LA SECRETARIA,
LAURA PARDO DE VELASQUEZ
Evacuadas como han sido las presentes actuaciones, se acuerda la devolución de las mismas, previa su certificación en los autos.-
LA SECRETARIA,
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