REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, quince de diciembre de dos mil cinco
195º y 146º

N° DE EXPEDIENTE: BP02-S-2005-003713
PARTE ACTORA: RAIZI JOSEFINA CURBATA RODRIGUEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: DESCONOCIDO
PARTE DEMANDADA: BANCO MERCANTIL C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: RICARDO BELLORÍN
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
En el día hábil de hoy quince de diciembre de dos mil cinco, siendo las 9:00 A.M., fue anunciado el acto por el alguacil a las puertas del tribunal las partes involucradas en la presente causa, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, sólo hacen acto de presencia la Abogado RICARDO BELLORÍN OJEDA, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.80.669, en su carácter de apoderado judicial de la empresa BANCO MERCANTIL, tal como consta de Poder consignado en copia simple para que sea agregado a los autos; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. Años 146 ° y 195 °.
La Juez

Abg. YISSEIN LÓPEZ
La Secretaria,

Abg.Noemi Mogna
Los presentes