REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, primero de diciembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP02-S-2005-003437
PARTE ACTORA: NESTOR AUGUSTO RODRIGUEZ OCHOA, titular de la cédula de identidad No. 3.177.849.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO SE PRESENTO.
EMPRESA DEMANDADA: TRAYLOG LOGISTICA INTEGRAL, C.A.
ABOGADO DE LA DEMANDADA: NO SE PRESENTO.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.
Hoy, primero (01) de diciembre de 2005, siendo las nueve (09:00 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, en el presente juicio, por CALIFICACIÓN DE DESPIDO; se deja expresa constancia de que las partes no comparecieron a la realización de la Audiencia. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 146 ° y 195°.
El Juez Temporal
Abg. Sergio Millan Charles
La Secretaria
Abg. Maria Carmona
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 09:24 a.m. Conste.
La Secretaria
Abg. Maria Carmona
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